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El certificado energético informa sobre la eficiencia energética de un inmueble y sugiere medidas de ahorro energético. 

El resultado puede ser A, B, C, D, E, F o G, donde A es la categoría más eficiente. 

Para ello se tiene en cuenta entre otras los materiales de fachada, carpinterías, instalaciones de calefacción, climatización  y acs, orientación de la vivienda etc

El certificado energético es obligatorio para vender o alquilar en todo el Territorio Nacional Español según el Real Decreto 235/2013 a partir del 1 de junio de 2013.

Para firmar el contrato de compraventa o alquiler se exige la presentación del certificado energético registrado.

Dependiendo de la  Comunidad donde se ubique el inmueble a certificar , el organo competente es diferente.

Tiene una validez de 10 años.

Un técnico homologado ha de calificar la eficiencia energética de tu casa. 

Depende de la Comunidad donde se ubique el inmueble existen tasas o bien disponen de un registro gratuito

Las tasas varían en función de la superficie construida del inmueble y de su tipología, o bien, puede ser un valor fijo

Los precios de nuestros técnicos siempre incluyen el importe de las tasas de registro. 

La Inspección Técnica de Edificaciones, más conocida por sus siglas ITE, es la inspección por la que tiene que pasar todo edificio con una antigüedad determinada con el fin de valorar si reúne todos los requisitos de seguridad.

Esta inspección requiere de un visita presencial del técnico homologado en la que comprobará los elementos comunes del inmueble tales como las fachadas, azoteas, instalaciones de saneamiento y fontanería, etc. En principio no requerirá acceder a viviendas particulares, salvo en casos en los que el técnico lo consideré relevante.

Si el profesional encargado de realizar la inspección acredita que el edificio permanece en buen estado y reúne todas las condiciones de seguridad necesarias, la ITE será aprobada. En ese caso será el propio técnico el que tramitará la documentación necesaria para que quede reflejado en los organismos pertinentes la resolución favorable del edificio en cuestión, convocando al mismo para una nueva revisión en 10 años.

Una vez el edificio haya superado el medio siglo de antigüedad estará obligado a pasar la ITE, al menos, cada 10 años.

Esta inspección tiene que ser realizada por un técnico cualificado que puede ser arquitecto o aparejador.

Es un documento en el que se incluye por una parte una Inspección Técnica del Edificio (ITE) y por otra un certificación energética en la que se analiza la demada del mismo.

Como bien explica el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, rehabilitación edificatoria, y regeneración y renovación urbanas (2013-2016), es una herramienta para conocer las características de los edificios en cuanto a seguridad, accesibilidad, habitabilidad, y sobretodo necesidades energéticas… para poder estudiar en un futuro si se alcanzarán las exigencias a nivel estatal de la Directiva 2012/27/UE planteadas para 2020.

Este informe se emitirá cuando el/los propietarios del edificio residencial en cuestión soliciten ayudas para la rehabilitación de las zonas comunes del mismo

En cuanto a la normativa específica de las diferentes Comunidades Autónomas, el Real Decreto hace referencia a que se aceptarán los diferentes modelos que las normas autonómicas emitan. Siempre que se contemplen los aspectos contenidos en el Anexo II (RD 233/2013).

El Informe de Evaluación requiere de una parte previa general donde deben quedar reflejados los Datos del Edificio a estudiar y dentro de las partes específicas están;

Parte I: Estado de conservación.
Parte II: Condiciones básicas de accesibilidad.
Parte III: Certificación energética del edificio.

TERMOGRAFÍAS

Para realizar estas mediciones, es suficiente con una cámara termográfica y un medidor del coeficiente global de transmisión (valor U).

El ahorro económico y el deber de optimizar los recursos naturales han conducido al desarrollo de políticas materializadas en normativas, para medir y certificar el consumo energético en edificación. El consumo energético de una vivienda se puede estimar a partir de las características de sus elementos arquitectónicos y sus propiedades térmicas, pero no se puede estar completamente seguro del resultado si no se realizan mediciones. 

Un instrumento de medición multiparamétrico y la sonda para la medición del valor U, darán el valor exacto de la resistencia de cualquier cerramiento a la conducción del calor. De esta forma se puede calcular (no estimar) directamente en W/m2·K, la energía que pierde una vivienda, independientemente de los elementos constructivos o capas que constituyan la pared o tejado objetos de estudio. Con las cámaras termográficas se pueden detectar aislamientos defectuosos o inexistentes, puentes térmicos naturales o provocados, filtraciones de aire y condensaciones.

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